lunes, 26 de abril de 2010



Desechos biologico-infecciosos
Cualquier microorganismo capaz de producir enfermedades cuando está presente en concentraciones suficientes (inóculo), en un ambiente propicio (supervivencia), en un hospedero susceptible y en presencia de una vía de entrada.
La Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente, define como residuos peligrosos a todos aquellos residuos que por sus características corrosivas, reactivas, explosivas, tóxicas, inflamables y biológico-infecciosas, que representan un peligro para el equilibrio ecológico o el ambiente; mismos que serán manejados en términos de la propia ley, su Reglamento y normas oficiales mexicanas que expida la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales previa opinión de diversas dependencias que tengan alguna injerencia en la materia, correspondiéndole a la citada SEMARNAT su regulación y control.




Pilas y acumuladores
Las pilas y los acumuladores son dispositivos que transforman la energía de una reacción química en electricidad. Los acumuladores tienen una función secundaría: utilizan la electricidad para invertir la citada reacción química. Casi todas contienen aditivos para mejorar sus prestaciones: gelificantes para evitar que se licuen y que el líquido estropee el aparato, o productos para evitar la corrosión del metal que constituye el envoltorio de la pila o acumulador.

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